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Programa de Evaluación de la Calidad a los Servicios de Dosimetría Personal Externa (PECDPE)
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Publicado el6 demarzo2019
BASES GENERALES
1. JUSTIFICACIÓN.
Los trabajadores expuestos a radiaciones ionizantes deben portar durante su jornada laboral el o los dosímetros correspondientes, dispositivos, que darán a conocer las dosis recibidas, permitiendo, realizar una vigilancia radiológica personal y el control de los límites establecidos.
Los empleadores son los responsables de proveer dicho dosímetro a sus trabajadores y para ello deben adquirirlos en los servicios de dosimetría personal externa (S.D.P.E), habilitados en el país, por el Ministerio de Salud, en base a un informe técnico favorable otorgado por el Instituto de Salud Pública.
Para controlar, en el tiempo, la calidad del funcionamiento de los S.D.P.E, el Instituto de Salud Pública de Chile ha desarrollado el programa “EVALUACIÓN DE LA CALIDAD A LOS SERVICIOS DE DOSIMETRÍA PERSONAL EXTERNA” que establece los requisitos que deben cumplir dichos servicios para mantener la autorización vigente.
Mas Informacion http://www.ispch.cl/
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